El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat lanzó un programa para financiar proyectos de construcción de viviendas que se otorgarán en comodato a personas mayores de 60 años.

La nueva iniciativa, proclamada como Subprograma Casa Propia-Casa Activa en el marco del programa “Casa Propia-Construir futuro”, busca financiar de proyectos para la construcción de complejos habitacionales, equipamiento de espacios comunes y centros de día, para su adjudicación en comodato a los beneficiados.
La resolución facultó a la Secretaría de Hábitat, a cargo de Santiago Maggiotti, a fijar los montos máximos financiables diferenciados para el equipamiento de los espacios comunes y centros de día. Las viviendas se otorgarán en uso en carácter de comodato, por lo cual los titulares de derechos, beneficiarios de las viviendas, estarán exceptuados del recupero de los montos financiados por Desarrollo Territorial.
Los beneficiarios de las viviendas pueden ser solamente personas mayores de 60 años y reunir los requisitos mínimos para su admisión establecidos por el Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados (Inssjp). Los estándares mínimos de calidad de las viviendas y del equipamiento comunitario serán establecidos por Hábitat, conforme las particularidades del grupo poblacional beneficiario.
La resolución destacó que “como parte de una política de hábitat innovadora, resulta necesario implementar un nuevo modelo de vecindad y desarrollo humano, que incluya soluciones habitacionales complementadas con espacios comunes para la realización de actividades educativas, deportivas y recreación, y un centro de día para la atención de salud primaria y enfermería para personas mayores de edad, combinando la intimidad e independencia del espacio doméstico y la vida social activa desarrollada en espacios comunes acondicionados”.
Además, puntualizó que a través del Casa Propia-Casa Activa “se busca incluir a las personas mayores que no pueden acceder a una solución habitacional definitiva, ya sea porque los programas de viviendas no contemplan las adaptaciones técnicas requeridas para este grupo poblacional, o porque se encuentran imposibilitados de acceder a un crédito hipotecario en razón de la edad”.
Resolución 152/2021 publicada en el Boletín Oficial:
anexo_6330390_1