Dos hombres, padre e hijo, que abusaron sexualmente de una menor de edad con la que tienen vĆnculo familiar y convivĆan en la misma vivienda, fueron condenados a la pena de 12 aƱos y 15 aƱos de prisión respectivamente por el Tribunal en lo Criminal NĀŗ 1.
Se trata de L.P.F., padre de la vĆctima, y C.M.V.F., hermano biológico de la menor, que fueron sentenciados por ser autores penalmente responsables del delito de āAbuso sexual con acceso carnal agravado por el vĆnculo y la convivencia preexistenteā.

AdemÔs, se autorizó la obtención de los perfiles genéticos de los condenados a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme la sentencia.
El Tribunal fue integrado por las juezas Alejandra Tolaba ā presidente de trĆ”mite-, y Felicia Barrios, y el juez Luciano Yapura. En tanto, la secretarĆa estuvo a cargo de la Dra. Carina Silvana Planckensteiner.
Acusación
De acuerdo con la requisitoria de la FiscalĆa, ambos sujetos fueron condenados por los delitos perpetrados contra una menor de edad, en el interior de una vivienda ubicada en un barrio cercano al centro de la ciudad de San Salvador de Jujuy.
El primero de los hechos tuvo lugar en el transcurso de 2011, cuando la vĆctima, una niƱa que en ese momento tenĆa aproximadamente 9 aƱos de edad, convivĆa junto al acusado, su padre biológico, L. P. F., y la madre de esta.
En esas circunstancias, el sujeto, valiéndose que su pareja no se encontraba en el domicilio y aprovechando que la niña estaba dormida la abusó sexualmente, situación que se repitió una vez mÔs.
El segundo hecho sucedió también en el transcurso de 2011, cuando el imputado C.M.V.F., hermano biológico de la menor, procedió a accederla carnalmente.
El tercer hecho descripto en la acusación de la FiscalĆa, ocurrió el 20 de julio de 2016, en circunstancias en que el hermano biológico de la vĆctima nuevamente la abusó sexualmente, lo que se repitió dos veces por semana hasta agosto de 2019.
Procedimiento especial
El juicio se resolvió en una Ćŗnica audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el ArtĆculo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que los acusados confesaron su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y los Abogados Defensores.
Al realizarse los alegatos, el representante del Ministerio PĆŗblico de la Acusación, Dr. Marcelo Cuellar, solicitó la pena de 12 aƱos para el padre y 15 aƱos de prisión para el hermano de la vĆctima.
Como querellante se desempeñó el Dr. JoaquĆn Campos, del Centro de Asistencia a la VĆctima, quien adhirió a lo requerido por el fiscal.
La defensa tƩcnica de ambos acusados fue ejercida por el Dr. Luis RubƩn GutiƩrrez.
Los fundamentos de la sentencia se darĆ”n a conocer en el plazo legal establecido en el Código Procesal Penal, a partir de lo cual las partes podrĆan solicitar su revisión ante una instancia superior.












