El gobierno a través del 336/21 reglamentó la ley que modifica el Impuesto a las Ganancias aunque todavía resta esperar las resoluciones de AFIP que instrumentarán la aplicación de la norma.
Estos cambios son retroactivos desde enero, por lo que se realizará el reintegro en cuotas en los próximos cinco meses, a partir del mes de julio. Esto será anunciado con fecha exacta por la AFIP en los próximos días.
La nueva ley de Ganancias fija un piso de $150.000 de salario bruto mensual y se estima que cerca de 1.267.000 trabajadores en relación de dependencia dejarán de pagar el tributo, así como los jubilados que ganan menos del equivalente a 8 jubilaciones mínimas ($164.568 hasta mayo $184.645 a partir de junio).
- El aguinaldo queda excluido del cálculo de la base imponible
- Se elimina el tope de deducción por hijos con discapacidad
- Se introduce la figura de concubino dentro de las cargas de familia
- Se exime del pago de horas extras o guardias al personal de salud hasta septiembre
- Permite deducir gastos por compras de herramientas educativas para los hijos, así como gastos en cursos de capacitación y por movilidad y viáticos, en ambos casos hasta $ 67.071,36 anuales
En el caso de las sociedades
- La alícuota se mantendrá en 25% para empresas con ganancias de hasta $5 millones. Las que ganen entre $5 millones y 50 millones pagarán el 30% y por encima de ese tope la alícuota sube al 35%.
Uno de los temas más controvertidos es el del costo fiscal total de la modificación de la ley, ya que el Estado perderá ingresos por la suba del mínimo no imponible a los trabajadores en relación de dependencia (la denominada “Cuarta categoría”) pero ganará mucho más por los cambios en el capítulo de sociedades.