La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y TecnologĆa MĆ©dica (ANMANT) prohibió la elaboración y comercialización en todo el paĆs de una marca de yerba.
El organismo oficial prohibió la venta de las marcasĀ āLa MontaƱitaā de Córdobar porque no cumplĆa con los requisitos necesarios para vender al pĆŗblico y se la consideró como producto āilegalā.

La disposición fue la 2879/2024 publicada en el BoletĆn Oficial. En el texto, el organismo dependiente del Ministerio de Salud justificó su decisión para āproteger la salud de los ciudadanosā dado que luego de la investigación pertinente se resolvió que la mencionada marca no poseĆa la debida rotulación y etiquetado en sus envases.
En el artĆculo primero de la norma estableció: āProhĆbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en lĆnea del producto: āHierbas para infusión, marca La MontaƱita, Nombre de fantasĆa Producto Artesanal, Usillo, Poleo, Burrito, Cedrón, Baila Bien, Luyaba, San Isidroā, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegalā.












