La Junta Electoral del Partido Justicialista Distrito Jujuy resolvió rechazar la presentación de la Lista Interna N.º 2 “Celeste y Blanca” y no oficializarla para las elecciones internas de autoridades partidarias previstas para el 30 de agosto de 2026. La decisión fue adoptada mediante la Resolución N.º 22/2026, fechada el 12 de agosto.
La Junta Electoral rechazó la presentación de la Lista 2
La resolución se produjo luego de que el Juzgado Federal N.º 1 de Jujuy, Secretaría Electoral, hiciera lugar el 10 de agosto a un recurso presentado por la Lista Celeste y Blanca. El fallo había dejado sin efecto el rechazo anterior y ordenado otorgar a la lista un plazo de 12 horas para subsanar las observaciones formuladas.
La Junta Electoral aclaró que aquella decisión judicial no implicaba la oficialización automática de la Lista 2, sino que establecía la obligación de concederle una oportunidad de subsanación. Una vez cumplido ese paso, correspondía al órgano electoral analizar la documentación presentada y determinar si la nómina reunía las condiciones necesarias para ser oficializada.
Más de 300 modificaciones fueron observadas
En su nuevo análisis, la Junta Electoral sostuvo que la presentación realizada por los apoderados de la Lista Celeste y Blanca no se limitó a corregir las observaciones originales.
Según la resolución, se detectaron más de 300 modificaciones entre la nómina presentada el 30 de julio y la documentación ingresada el 11 de agosto. Para la Junta, esas modificaciones representaron prácticamente la mitad de los cargos disponibles en los distintos órganos partidarios.
El organismo distinguió entre subsanar, sustituir e integrar. En ese sentido, sostuvo que subsanar implica corregir un elemento que ya formaba parte de la presentación original, mientras que incorporar candidatos o reconstruir nóminas supone avanzar sobre una etapa de nominación que ya había concluido.
La decisión y el futuro de las internas del PJ Jujuy
La Junta Electoral consideró que las modificaciones realizadas alteraron sustancialmente la identidad de la oferta electoral original y que no correspondía reconstruir de oficio las nóminas ni seleccionar qué candidaturas conservar.
Por ese motivo, resolvió tener por cumplida la instancia de subsanación, rechazar la presentación realizada por la Lista N.º 2 y no oficializar la Lista Celeste y Blanca para las elecciones internas del Partido Justicialista Distrito Jujuy convocadas para el 30 de agosto.
La resolución también establece que la decisión debe ser notificada a los apoderados de la Lista 2 y a la Lista Interna N.º 10 “Generación Valiente”, además de ser comunicada al interventor judicial Federico H. Prieto y al Juzgado Federal N.º 1 de Jujuy. El documento contempla, asimismo, las vías recursivas que pudieran corresponder conforme a la normativa aplicable.
La Junta Electoral fundamentó su decisión en los principios de participación, igualdad, debido proceso electoral, preclusión, seguridad jurídica, celeridad y legalidad de la oferta electoral, y dejó expresamente establecido que su nuevo pronunciamiento se produjo después de garantizar y analizar la instancia de subsanación ordenada por la Justicia.












