JUJUY A DIARIO

El Gobierno de Jujuy presentó una denuncia penal para dar con los responsables del incendio de Yuto

El Gobierno de Jujuy, a través del Fiscal de Estado Miguel Ángel Rivas presentó la denuncia penal ante la justicia por la provocación de incendios y puesta en peligro de la seguridad y la salud pública, delitos incluidos en los artículos 186, 189, 200, 205 y concordantes del Código Penal de la Nación, para que se investigue el hecho.

El incendio forestal que se desató el pasado 6 de septiembre en una finca del acceso sur de la ciudad de Yuto, con focos ígneos simultáneos que se fueron propagando, no tiene una explicación de haber sido provocado por un efecto normal de la naturaleza, y tiene indicios comprobados de una intencionalidad producida por personas, por lo que este hecho merece ser objeto de investigación.

El impacto que estos eventos causan en el ambiente es inconmensurable, provocando el deterioro de la flora y fauna nativa, la degradación de los suelos y la calidad del aire, la contaminación de los ríos, lagos, e impactando en la producción y en las comunidades locales, lo que impone la obligación de arbitrar todas las medidas necesarias para abordar esta situación de emergencia, presentando la denuncia a fin hallar a las personas responsables de los incendios provocados.

La provincia se encuentra expuesta a una alta probabilidad de ocurrencia de incendios forestales de alta complejidad, y en este sentido se tienen en cuenta los antecedentes del año 2020, oportunidad en la que la voracidad y descontrol de los incendios forestales y rurales en distintas regiones de Jujuy, especialmente en zonas de Ramal, afectaron alrededor de 42.000 has., que acarreó una diversidad de consecuencias ambientales, productivas y sanitarias. Por cuanto la investigación de los hechos denunciados es vital para evitar una catástrofe en condiciones similares.

Denuncia penal

El Estado apunta a delitos contra la Seguridad Pública en materia de incendios, tipificados en el art. 186 y ante imprudencia o negligencia, por impericia de reglamentos u ordenanzas, cause un incendio, correspondiente al art. 189 del Código Penal Argentino que son aquellos que pretenden proteger las condiciones garantizadas por el orden público, tales como la seguridad de la vida, de la integridad personal, de la sanidad, del bienestar y de la “propiedad” como bienes de todas y cada una de las personas. Es un delito doloso, lo que significa que para que el incendio sea considerado intencional es suficiente que la persona haya podido prever el desastre como consecuencia de su accionar.

A partir de esta denuncia penal, se iniciarán las tareas de investigación correspondientes a fin de hallar a las personas responsables por los incendios provocados, dándose inmediata intervención al Fiscal que por competencia corresponda para evitar la continuación del accionar delictivo y preservar el patrimonio natural provincial.

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