JUJUY A DIARIO

Cuáles son los requisitos para ofertar terrenos que comprará el Estado

La decisión se enmarca en el Plan de Suelo Urbano y tiene la finalidad de destinar las tierras adquiridas a programas habitacionales del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

El Gobierno presentó un programa para que los propietarios de terrenos aptos para loteos y construcción de viviendas multifamiliares puedan vendérselos al Estado nacional, que destinará esas tierras a programas habitacionales del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

El titular de la cartera, Jorge Ferraresi, y el secretario de Desarrollo Territorial, Luciano Scatolini, explicaron que la iniciativa contempla a inmuebles ubicados en zonas consolidadas o urbanizables en ciudades de más de 10 mil habitantes, “vamos a llamar a ofertas privadas, a distintos dueños de terrenos que ofrezcan y vamos a salir a hacer una compra de terrenos por toda la Argentina que permita seguir desarrollando el plan de 264 mil viviendas”, remarcĂł Ferraresi.

El “llamado a la presentaciĂłn de ofertas para la adquisiciĂłn de suelo apto para loteos y viviendas multifamiliares”, tal cual su nombre oficial, abarca tanto a personas fĂ­sicas como jurĂ­dicas y exige ser el titular dominial del inmueble o acreditar poder de representaciĂłn del titular dominial.

Pero quien suscriba la oferta en representaciĂłn de una persona jurĂ­dica, tendrá que acreditar “la existencia legal de su representada, asĂ­ como su personerĂ­a, acompañando la documentaciĂłn de la que surja su potestad a fin de comprometer legalmente al Oferente”, detallĂł el Gobierno.

En cuanto a la documentación necesaria para iniciar el trámite, se solicitará constancia de adquisición del Pliego, Carta de Presentación de Oferta Económica, Constancia de CUIT expedida por AFIP y Croquis de localización del Terreno, entre otras.

Asimismo, el Gobierno puso a disposiciĂłn de los oferentes el sitio para poder conocer y adquirir el pliego www.argentina.gob.ar/habitat/procrear.

La oferta puede ser en dinero o en especie, y esta Ăşltima modalidad abarca Ăşnicamente a lotes y viviendas.

Si es en dinero, el Gobierno indicĂł que debe presentarse con claridad el precio total del inmueble “incluyendo el compromiso de mantener la oferta por un plazo de treinta (30) dĂ­as a partir de la aceptaciĂłn de la oferta”.

“En caso de no poseer plano de subdivisiĂłn aprobado o no poseer el predio zonificaciĂłn para ser subdividido, la oferta deberá expresar el precio total del macizo sin derecho a cobro de plusvalĂ­as, sea que el precio se expresa en dinero o en especie”, aclarĂł.

En cuanto al precio en especie, los oferentes podrán ofertar recibir como contraprestación por la transferencia dominial del Terreno, un porcentaje del total de los lotes que surjan del proyecto a realizar o bien una cantidad determinada de lotes, señaló.

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