Las nuevas medidas fueron dadas a conocer por Carla Vizzotti y anuncia la flexibilización de medidas por pandemia en la Argentina. En las próximas horas habrá pronunciación del COE de Jujuy.
“Se levanta la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre cuando estamos circulando en forma individual, burbuja en todos los casos cuando no haya aglomerado de personas” arranca el comunicado oficial, pero no todo es rosa, aclaran que la obligatoriedad continúa en lugares cerrados (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de personas.
Otro item fue la ampliación del aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación.
Un mimo a los adultos mayores y el sector turístico que venía padeciendo fue la autorización de viajes de jubilados y jubiladas, egresados y egresadas y principales de estudiantes o similares siguiendo los protocolos recomendados.
Boliches
Autorización de discotecas con aforo del 50%, con esquema completo de vacuna (14 días previos al evento). En este punto aclararon que es la actividad de mayor riesgo, teniendo en cuenta la variante Delta
Salones de eventos
Salones de fiestas, bailes o actividades similares: habilitado para personas que acrediten esquema completo de vacuna (14 días previos al evento) o una dosis más test diagnostico (PCR o Antígeno) negativo dentro de las 48 horas previas al evento. Protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las adolescentes.
Eventos masivos de más de MIL (1000) personas
A partir del 1 de octubre se habilita con aforo del 50%, y se trabajará con los actores involucrados el protocolo específico en relación a los requisitos.
Apertura gradual y cuidada de fronteras
Aisalamiento obligatorio para quienes vienen de afuera
24 de septiembre: eliminación del aislamiento a argentinos, residentes y extranjeros que vengan por trabajo y estén autorizados por la autoridad migratoria.
Fin de aislamiento
1 de Octubre: autorización ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento. Apertura de fronteras terrestres a pedido de gobernadores (con corredores seguros aprobados por la autoridad sanitaria con cupo definido por la capacidad de cada jurisdicción).
Ampliación de cupo de ingreso a extranjeros
Entre el 1 de octubre y 1 de noviembre incremento del cupo de ingreso progresivo en todos los corredores seguros, aeropuertos puertos y terrestres
Apertura total
1 de noviembre se autoriza ingreso de todos los extranjeros.