JUJUY A DIARIO

Todo lo que tenés que saber sobre las Pensiones No Contributivas

Dentro del sistema previsional de nuestro país conviven varios esquemas de jubilaciones y pensiones de acuerdo a diferentes contingencias, y respecto a esto, Malvina Orazabal, abogada, dialogó en nuestro programa de streaming “Hiperconectados”, una vez más.

Pensión por Discapacidad

Se trata de una pensión no contributiva por invalidez es una suma de dinero que pueden cobrar mensualmente las personas que tienen problemas de salud o se encuentran en situación de vulnerabilidad social. Se llama no contributiva porque la podés cobrar aunque no hayas hecho aportes.

En este marco, explicó que “es necesario que exista una discapacidad laborativa, la persona tiene que pasar por junta médica y la documentación de las patologías tiene que venir de organismos estatales, el requisito fundamental, es ser menor de 65 años ya que, en caso contrario, se puede solicitar la PUAM”.

Asimismo, destacó que en la provincia de Jujuy, el trámite para solicitar esta pensión se puede iniciar en el CEPAM.

¿Qué es la PUAM?

La Anses brinda la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM), un programa dirigido a personas mayores de 65 años que no reúnen los 30 años de aportes requeridos para tramitar la jubilación ordinaria, “equivale al 80% del haber mínimo jubilatorio y se accede a la obra social PAMI”, explicó Olarzabal.

Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado

El Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo y valorando el tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijos.

Este beneficio corresponde a mujeres con hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios. Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

Según explicó la letrada, “el reconocimiento computará un año de aportes por hijo biológico, dos por hijo adooptado y reconocerá un año por hijo con discapacidad y dos años en caso de que haya sido beneficiario de la Asignación Universal por Hijo”.

Asimismo, señaló que las mujeres nacionalizadas y radicadas también pueden acceder a este beneficio, pero “deben reunir una serie de requisitos, y se realiza un análisis exhaustivo en cuanto a la residencia”.

Algo que destacó es que para acceder a este beneficio es necesario presentar las actas de nacimiento de los hijos en formato papel, ya que existen problemas con registros civiles que entregan este documento en digital.

¿Conviene hacer el traspaso de PUAM a jubilación?

Respecto a este tema, la abogada señaló que estas conversiones significarían una serie de beneficios para aquellas personas que tienen pocos años de aporte y que “con una moratoria, por exceso de edad, o con el reconocimiento por tareas de cuidado, se pueden completar esos 30 años de aporte para convertir esa pensión no contributiva en una jubilación”.

Como ejemplo, manifestó, “en el c aso de que tenga un cónyuge o un hijo con discapacidad y tenga la PUAM, esa persona no tendrá el derecho a solicitar una pensión por fallecimiento el día que muere, por eso es algo muy importante a analizar, pero todo depende de cada caso”, indicó.

Podés ver la entrevista completa y enterarte de más en nuestro Facebook y seguir Malvina Orazabal en sus redes sociales (@abogadamalvinaorazabal en Instagram)

Andrea M. Cabrera

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