Este viernes fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 72/2023, con el que el Gobierno autorizó a pagar impuestos e importaciones con bonos al Banco Central.
Ante la crisis en la cadena de pagos de comercio exterior por el faltante de divisas en las cuentas del Banco Central, las autoridades habilitaron este nuevo esquema, que tendrá un límite de u$s 3.500 millones.
“Resulta necesario disponer un mecanismo de dación en pago mediante la entrega de ciertos bonos o títulos emitidos por el BCRA para la cancelación de obligaciones impositivas y aduaneras, exceptuando los Recursos de la Seguridad Social”, asegura el texto del decreto.
Así, los bonos o títulos que emita el Central podrán darse en pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras.
Las excepciones que quedan fuera del decreto son los Aportes y Contribuciones destinadas al Régimen de la Seguridad Social; Contribuciones destinadas al Régimen de Obras Sociales; las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio; las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo; Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias; y las obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción.
Los bonos o títulos que pueden utilizarse para pagar impuestos o importaciones serán los emitidos a partir de la fecha de entrada en vigencia del decreto y hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive.
Cuando los den en forma de pago, se tendrá en cuenta su valor técnico calculado al tipo de cambio que resulte aplicable, según los plazos y condiciones que estipulen la AFIP y el BCRA.
El decreto también estipula un límite de u$s 3.500 millones que se podrá pagar mediante bonos.
Fuente: El Cronista