JUJUY A DIARIO

Perverso: Abusó sexualmente de su hija e irá a prisión 10 años

El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a un hombre, R.M.P, a la pena de 10 años de prisión por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) agravado por el vínculo en concurso real”, hechos ocurridos en la ciudad de San Salvador de Jujuy.

Los magistrados autorizaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

Asimismo, ordenaron el inmediato traslado de R.M.P. a la Unidad del Servicio Penitenciario que corresponda, y le impusieron la prohibición de contacto con la víctima y sus familiares directos a través de cualquier medio (Telefónico: llamadas, mensajes de textos, redes sociales, etc.)

Además, ordenaron que el condenado se someta a tratamiento psicológico a los fines solicitados por el mismo.

El veredicto fue emitido hoy, 8 de agosto de 2023, por juez Luciano Yapura –presidente de trámite – y la jueza Felicia Barrios, haciendo uso de las facultades previstas en Acordada Nº 71/08. En tanto, la secretaría del Tribunal estuvo a cargo de Mónica Checa.

Los hechos

De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el hombre fue condenado por los hechos perpetrados contra su hija biológica, con la que convivía en una vivienda ubicada en la zona sur de Salvador de Jujuy.

Los mismos ocurrieron el 9 de marzo de 2020, el primero aproximadamente a horas 02.00 y el segundo a las 10.00 horas, oportunidades en las que el acusado abusó sexualmente de su hija accediéndola carnalmente en contra de la voluntad de la misma.

En ambas circunstancias, el imputado amenazó a la víctima para que no contara lo sucedido porque no le creerían y además podría “pasarle algo” a su hermano.

Alegatos

En los alegatos, el representante del Ministerio Público de la Acusación, Marcelo Cuellar, solicitó la pena de 10 años de prisión para el acusado. Como querellante se desempeñó Manuel Aguilera.

La defensa técnica del acusado, R.M.P., estuvo a cargo de Sara Ruth Cabezas.

Procedimiento especial

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y el Abogado Defensor.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

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