Como cada diciembre, todos los trabajadores en relación de dependencia, privada o de la administración pública, percibirán el salario y la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario, más conocido como aguinaldo. En Jujuy, los trabajadores estatales recibirán también un bono extraordinario de 8 mil pesos.
El miércoles próximo, con el inicio del último mes del año, se conocerá el cronograma de salarios para los trabajadores de la administración pública. Se estima que podría dar comienzo el sábado 4 y prolongarse hasta el martes 7.
Entre el 15 de diciembre y Navidad se abonará la segunda mitad del aguinaldo, el salario adicional que perciben los trabajadores y que se abona en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre.
Finalmente, y tal como lo anunció el Gobierno de la provincia, entre Navidad y Año nuevo -la semana entre el 27 y el 31 de diciembre-, se hará efectivo el pago del Bono Extraordinario de 8 mil pesos anunciado por el Ejecutivo a finales de agosto.
Cómo calcular el aguinaldo
El sueldo anual complementario, está regulado en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 en los arts. 121 y 122 (texto modificado por la Ley 27.073). En ellos se establece el modo de cálculo y las fechas de pago.
Para saber cómo se calcula el aguinaldo hay que tener en cuenta ciertas cuestiones, como los días trabajados, el mejor salario básico, las horas extras y otros plus que se hayan percibido. Pero especialmente este año hubo cambios, junto con el Impuesto a las Ganancias, a tener en cuenta.
Se calcula el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto, en los semestres que culminan en junio y diciembre.
Si bien la ley prevé los plazos de pago, el 30 de junio para la primera cuota y el 18 de diciembre para la segunda, Jujuy generalmente percibe la primera cuota en julio y la segunda entre Navidad y Año Nuevo. Sin embargo, con el anuncio del bono, se prevé que se pague antes de lo habitual.