En la jornada de hoy, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a un hombre, identificado como J.O.T., a cumplir la pena de 7 años y 6 meses de prisión por ser autor material y responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, cometido contra una menor de edad en la localidad de Los Lapachos.
En el veredicto emitido este 11 de abril, los magistrados ordenaron el inmediato traslado del condenado al Servicio Penitenciario de la Provincia para su alojamiento.
Además, una vez firme y consentida la sentencia, deberá obtenerse los perfiles genéticos del penado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual.
El Tribunal estuvo integrado por las juezas Dras. Ana Carolina Pérez Rojas – presidenta de trámite – y María Margarita Nallar, y el juez Dr. Mario Ramón Puig; secretaría a cargo del Lic. Nelson Omar Echenique.
El hecho
Según la fiscalía, el 28 de enero del año 2017, en horas de la noche, la víctima se encontraba junto a su madre afuera de un conventillo ubicado en una finca sobre la Ruta Provincial 42, lugar donde el acusado arribó en motocicleta, y convenció a la menor de subir al vehículo.
Luego de esto, se dirigieron hacia la localidad de Los Lapachos, y al arribar, el imputado continuó conduciendo, por lo que la menor le preguntó a dónde la llevaba y le pidió regresar a su casa, a lo que el sujeto le dijo que se callara y que la estaban “esperando los chicos”.
Aceleró entonces la motocicleta y perdió el control del vehículo. La menor y el sujeto J.O.T, cayeron al suelo y la víctima intentó salir corriendo, pero el imputado lo impidió, sujetándola del brazo y arrojándola al suelo, donde abusó de ella, mientras amenazaba con matarla. Luego del aberrante hecho, golpeó a la víctima en la cara y se alejó del lugar. Tras esto, la menor buscó sus prendas y se dirigió a la garita de Los Lapachos.
Procedimiento especial
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y el Abogado Defensor.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Alejandro Bossatti; mientras que la defensa técnica del enjuiciado fue ejercida por los Dres. Ezequiel Martínez y Mario Miranda Eliazarían.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia; a partir de lo cual, las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior al Tribunal de juicio.