Un hombre fue condenado a 12 meses de prisión de ejecución condicional por los delitos de desobediencia judicial (dos hechos) y lesiones leves psicológicas, en concurso real. La fiscal María Emilia Curten Haquim, quien había solicitado una pena de 34 meses de prisión de ejecución condicional, destacó que este fallo reconoce el daño psicológico como una forma de violencia que también merece protección jurídica.
Un fallo ejemplar para la protección de las víctimas
El juicio, realizado en la Sala de Audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, ante la jueza con función unipersonal de juicio, Ana Carolina Pérez Rojas, abordó hechos ocurridos en mayo de este año. Según la investigación, el acusado violó en dos ocasiones una orden judicial que le prohibía todo contacto con su esposa, causando un daño psicológico comprobado. En la audiencia del 14 de noviembre, fue hallado penalmente responsable de los delitos de desobediencia judicial (dos hechos) y lesiones leves psicológicas, aunque fue absuelto del delito de amenazas por el beneficio de la duda.
La fiscal Curten Haquim destacó que este fallo representa un reconocimiento de que “las lesiones psicológicas también generan un daño en la salud y necesitan protección jurídica”. La víctima, en este caso, sufrió un impacto emocional severo, según los informes del Centro de Asistencia a la Víctima.
Condena y reglas de conducta
La jueza Ana Carolina Pérez Rojas dictó una pena de 12 meses de prisión de ejecución condicional y estableció un conjunto de reglas de conducta para proteger a la víctima durante dos años.
Entre las medidas dispuestas destacan:
- Prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros.
- Realización de un curso sobre violencia de género.
- Terapias psicológicas para modificar conductas violentas, con informes periódicos al MPA.
- Uso del sistema DiME (Dispositivo para Mujeres en Emergencia) para reforzar la seguridad de la víctima.
Además, se dispuso que el Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género brinde asistencia integral a la víctima, facilitando su recuperación psíquica.
Precedente
La fiscal Curten Haquim subrayó la importancia de este fallo, que sienta un precedente clave en la provincia y el país. “Este caso demuestra que la violencia psicológica también debe ser atendida con la misma rigurosidad que otras formas de agresión. Reconocer estas lesiones es un avance en la protección jurídica de las víctimas”, señaló.
Asimismo, destacó que el nuevo Código Procesal Penal permitió llevar adelante el proceso con mayor celeridad y eficiencia. “Este tipo de decisiones son fundamentales para garantizar la tutela efectiva de los derechos de las mujeres”, afirmó.