Este domingo se realizarán las Elecciones Generales en todo el país. Argentina elegirá al nuevo presidente de la Nación y además renovará la mitad de la Cámara de Diputados y un tercio de la Cámara de Senadores. Este viernes, desde las 8, comenzó la veda electoral.
Tal como lo establece el Código Electoral Nacional (CEN), 48 horas antes de los sufragios, inicia la veda electoral y concluye la campaña electoral. Comenzó a regir el Artículo 71 del CEN – en Jujuy, la ley provincial 4.564 en el artículo N° 79- y finalizará el domingo a las 21, tres horas después del cierre de comicios.
El Art. 71, establece las restricciones tanto para los candidatos como para los electores. Está prohibido:
- Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la a elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada a viva fuerza deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial;
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasada tres (3) horas de ser clausurado;
- Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres (3) horas del cierre de los comicios;
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta (80) metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino;
- A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce (12) antes y tres (3) horas después de finalizada;
- Los actos públicos de proselitismo, desde cuarenta y ocho (48) horas antes de la iniciación de los comicios;
- En caso de instalarse organismos de partidos políticos dentro de la distancia fijada por el inciso a) de este artículo, con posterioridad a la ubicación de las mesas receptoras, el Tribunal o cualquiera de sus miembros ordenará la clausura de los respectivos locales.