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El Gobierno subió el piso del Impuesto a las Ganancias: ¿Desde cuánto se pagará?

El Ministerio de Economía actualizó el piso del Impuesto a las Ganancias que comenzará a regir a partir de agosto del presente año para las remuneraciones superiores a $700.875.

Hasta ahora, no pagaban impuesto a las ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superaban los $506,230, inclusive.

¿Cuál es el nuevo piso de Ganancias desde agosto?

La variación del RIPTE entre el mes de octubre de 2022 y el mes de febrero de 2023 fue de 25,29%. En marzo, abril, mayo y junio, el RIPTE aumentó el 38,45%.

Se propone adicionar al “piso” exento del impuesto el 38,45% de incremento de RIPTE. De esta manera para los sueldos brutos devengados a partir del 1º de agosto de 2023:

  • Nuevo “piso” del impuesto a las ganancias: no corresponderá retención alguna del impuesto a las ganancias cuando la remuneración bruta no supere los $ 700.875, inclusive.
  • b) En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 700.875 y resulte inferior o igual a $ 808.101, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.

¿Cómo quedan las escalas?

Economía también anunció un aumento de las escalas que se utilizan para el cálculo del impuesto a las Ganancias en un 35%. Con esta medida la totalidad de los trabajadores en relación de dependencia que tributan el impuesto a las ganancias se verán beneficiados.

El incremento de las escalas es retroactivo a enero de 2023. Lo retenido de más de enero a julio se devuelve al empleado en dos cuotas mensuales, con los salarios de agosto y septiembre de 2023.

Ambas medidas se implementan a través de un Decreto que establecerá (i) subir el piso del impuesto a las ganancias, y; (ii) encomendará a la AFIP a reducir la base para el cálculo de las retenciones del impuesto.

– De esta manera, 300.000 dejan de pagar el impuesto por el nuevo piso de $700.875 (a partir de agosto 2023)

– 715.000 reducen el impuesto por suba de escalas en un 35% (suba retroactiva a enero 2023).

Proyección por provincias

Fuente: Ámbito

Andrea M. Cabrera

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