JUJUY A DIARIO

El Gobierno confirmó el fin de la moratoria previsional: ¿Qué alternativas quedan?

El director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Mariano de los Heros, anticipó el martes el fin de la Moratoria jubilatoria en 2025.

El beneficio lanzado en 2023 mediante la sanción de la Ley 27.705 de Plan de Pago de Deuda Previsional y extendido hasta marzo próximo, no se encuentra contemplado dentro de los parámetros iniciales del proyecto de Presupuesto 2025.

“Respecto a la Moratoria que, estaría ocurriendo el 23 de marzo del año próximo, no está previsto en el Presupuesto ningún gasto ni ingreso, por lo que estimamos que no es voluntad del Gobierno su prórroga”, detalló el funcionario durante su exposición en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados.

La iniciativa ya había sido incluida en la “Ley Bases Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” para su supresión. El texto preveía su reemplazo por un sistema de prestación proporcional para quienes cumplan 65 años y no cuenten con el requisito mínimo de aportes de 30 años.

Sin embargo, estos cambios, contenidos en el Título VIII, fueron eliminados por el Senado, que directamente los excluyó del dictamen final.

¿Quiénes pueden acceder a la moratoria previsional ANSES?

El Plan de Pago de Deuda Previsional de ANSES vigente hasta marzo de 2025 permite que, aquellas personas que no cumplan con los 30 años de aportes obligatorios puedan acceder a la jubilación.

El régimen especial también se encuentra disponible para trabajadores en actividad mayores de 50 años que tengan menos de 20 años de aportes realicen pagos extra para llegar a la edad jubilatoria sin deudas previsionales.

¿Cuáles serán las alternativas para jubilarse desde 2025?

De los Heros señaló que, aquellas personas que no puedan acceder a una jubilación percibirán la cobertura mediante la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Se trata de un beneficio previsional destinado a mayores de 65 años que no cuentan con ninguna jubilación o pensión.

Su monto equivale hoy al 80% de un haber mínimo y se actualiza por la Ley de Movilidad. (Decreto 274/24). Las personas que cobran esta pensión cuentan con cobertura de salud y servicios de PAMI, pueden acceder al cobro de asignaciones familiares (por hijo/hijo con discapacidad, por cónyuge y ayuda escolar anual).

Fuente: El Cronista

Andrea M. Cabrera

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