JUJUY A DIARIO

Desde el 1 de agosto regirá el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil

Desde el próximo lunes entrará en vigencia la segunda parte de la Resolución 6 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (CNEPSMVM) que estableció para el 2022 dos aumentos del SMVyM, que será de 47.850 pesos desde agosto.

En nuestro país existe un salario mínimo (SMVyM), el sueldo básico que debe cobrar toda persona que trabaja en relación de dependencia o de manera registrada en el país por un empleo full time.

Además, dicho salario básico se utiliza además como cifra base para muchos otros ingresos, desde las jubilaciones hasta los planes sociales.

Según lo dispuesto por la resolución, el SMVyM actual -desde junio- es de 45.540 y desde el 1 de agosto pasará a 47.850 pesos. El valor de la hora para trabajadores jornalizados es de 239,30 pesos.

Por su parte, los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo quedarán en $13.292 y 22.153 a partir del lunes próximo.

¿Qué es el salario mínimo, vital y móvil?

La Ley Nacional de Empleo (Ley Nº 24.013) define al salario mínimo, vital y móvil como “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”

Además, establece que todo trabajador mayor de 18 años, tendrá derecho a percibir una remuneración no inferior al salario mínimo, vital y móvil que se establezca, conforme a la ley y por los organismos respectivos.

Este sueldo básico debe cumplir tres funciones:

  1. Ser la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia por su jornada laboral.
  2. Asegurarle al trabajador alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y cobertura previsional.
  3. Ajustarse periódicamente de acuerdo a las variaciones del costo de vida.
  4. Es inembargable, salvo por deudas alimentarias.

El valor del SMVyM se define periódicamente en negociaciones tripartitas entre Gobierno, cámaras empresarias y sindicatos que conforman el CNEPSMVM que incluye a 48 miembros en total, 16 por cada uno de los mencionados grupos representados.

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