En un nuevo decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional estableció que los feriados trasladables que coincidan con sábados o domingos podrán ser reubicados al lunes inmediato posterior o al viernes inmediato anterior, según lo determine la autoridad de aplicación. La medida quedó formalizada a través del Decreto 614/2025, firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos.
Hasta ahora, la Ley 27.399, que regula los feriados nacionales y fines de semana largos, contemplaba la posibilidad de trasladar aquellos días festivos que cayeran martes, miércoles, jueves o viernes, pero no establecía normas claras para los feriados que coincidieran con sábados o domingos. Esto generaba un vacío legal que impedía ejercer de forma efectiva la condición de “feriado trasladable” en esos casos.
El nuevo decreto designa a la Jefatura de Gabinete de Ministros como autoridad de aplicación, otorgándole la facultad para dictar las normas complementarias necesarias para su implementación.
Desde el Ejecutivo, se argumenta que esta medida busca “honrar la condición de feriados trasladables” prevista en la ley y evitar que vacíos legales desvirtúen el espíritu de la norma, promoviendo a su vez una mejor planificación laboral y oportunidades para el turismo interno.
La disposición entró en vigencia desde su publicación y se espera que dinamice la organización de feriados y fines de semana largos a partir de ahora, beneficiando tanto a trabajadores como a sectores económicos vinculados al turismo y la recreación.