JUJUY A DIARIO

Deberá indemnizar a su exmarido por exponerlo con agravios en redes sociales

Una mujer deberá indemnizar a su exmarido con casi 13 millones de pesos por realizar escraches virtuales en su contra. Así resolvió la Justicia de Control y Garantías de La Banda, Santiago del Estero, en el marco de una audiencia para analizar el delito de injurias concretado a través de publicaciones en redes sociales.

El proceso judicial que culminó con una sentencia indemnizatoria del juez Pedro Carlos Juri por una suma de 12.800.000 de pesos duró tres años y dio cuenta de que la demandada hostigaba a su ex pareja por medio de distintos perfiles falsos que utilizaba para agraviarlo en las redes.

“Este es un fallo ejemplar, que sienta precedentes en la Justicia de Santiago del Estero”, declaró el abogado querellante Rolando Gómez Vélez, quien agregó: ”Esto ha sido una odisea judicial

Al respecto, el abogado que representó al particular damnificado comentó que el trámite en la Justicia tuvo su inicio antes de la pandemia en virtud de “una mujer” que, “no contenta con la separación de su pareja, comenzó a escracharlo mediante numerosas publicaciones en redes sociales”

“Él -relato Gómez Vélez-, cansado de estos escraches, se contactó conmigo con el objetivo de frenar este tipo de publicaciones que lo injuriaban. Entonces le enviamos una carta documento para intimarla al cese de las publicaciones, bajo el apercibimiento de iniciar las acciones penales y civiles. Ella no contestó la carta documento y dio pie a realizar la denuncia por calumnias e injurias”

Las injurias se inscriben dentro de los delitos que protegen el honor y están previstas en el artículo 110 del Código Penal de la Nación. Esta cláusula, en rigor, sanciona con una multa al que “intencionalmente deshonrare o desacreditare a una persona física”

Tras la apertura del expediente, según detalló el abogado, el Ministerio Público Fiscal de La Banda dispuso el secuestro y requisa del celular de la mujer demandada. En esa diligencia se constató que ella, en efecto, era la titular de las cuentas desde donde se efectuaban los posteos. ”Con eso, más las capturas de pantallas que tenía mi cliente de esas publicaciones, se pudo comprobar la culpabilidad”, explicó.

En ese contexto, el abogado querellante precisó que su cliente se dedicaba al comercio y que los comentarios en internet de su exesposa le habían generado una “notable disminución en su cartera de clientes”. Por esa razón, abundó, “pedimos ante el juez el resarcimiento por los daños y perjuicios y el cese de las publicaciones”

Luego agregó: “El juez no puede obligar a alguien a no hacer esto si la persona no quiere. Pero sí puede obligarla a pagar la indemnización en concepto de daño moral causado al honor, el buen nombre y la dignidad de mi cliente, entendido esto como un derecho personalísimo de raíz constitucional, que debe tener efectivamente una tutela procesal efectiva”

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