Desde la Fundación Servir anunciaron el lanzamiento de un Observatorio de Causas de Maltrato y/o crueldad Animal, un espacio que buscará realizar seguimiento del estado de aplicación del derecho de los animales y promover el avance de las denuncias que se encuentren en curso tanto en el fuero contravencional como en el penal.
En este marco, el presidente de la Fundación y activista por el derecho de los animales, José María Albizo Cazón, destacó que este observatorio tendrá tres funciones de base:
- Conversar con los oficiales y garantizar la toma de denuncias en la instancia policial.
- Interacción con los fiscales insistiendo en cada una de las causas que se encuentren en curso tanto en el fuero contravencional como en el penal.
- Llevar adelante asesoramiento veterinario, legal y dinámicas socio comunitarias en los distintos barrios que promuevan el derecho de los animales para que la ciudadanía denuncie los actos de maltrato.
Según mencionó, a pesar de la Ley vigente, “hay ciertas trabas que impiden la ejecución del derecho animal, una de ellas es el desconocimiento policial, y la falta de interés en la toma de la denuncia. También están los fiscales que no solicitan al fuero judicial las detenciones. Por último, tenemos la traba judicial, y es que muchos jueces han fallado contra el derecho de los animales”.
En tal sentido, manifestó que, muchas veces, tras pruebas fílmicas en que se demuestra el maltrato a los animales, algunos jueces impiden las detenciones, y ejemplificó con un caso de una gatita que fue brutalmente maltratada en Perico, “el juez había denegado la detención de la persona, por insistencia de la Dra. Montalbetti recién se le dio lugar al caso, pero luego de medio año, el hecho se termina dilatando e impidiendo que la persona tenga la sanción que corresponde”.
¿Qué dice la Ley 6.317?
En sus artículos 5 y 6, esta Ley establece que toda persona que acepte ocuparse del cuidado de un animal de compañía será responsable de su salud y bienestar, y los responsables deberán:
- Brindar alojamiento, cuidados básicos que tengan en cuenta sus necesidades etológicas.
- Proporcionar alimento y agua suficientes para subsistir.
- Tomar todas las medidas para impedir que se escape, sin recurrir a métodos crueles; para que no esté en la vía pública.
- Tomar todas las medidas para impedir que el animal ocasione molestias a terceros.
- Proveer a los animales enfermos o heridos la asistencia sanitaria y médica adecuada.
- Cumplir con la vacunación obligatoria y cuidar de su salud.
- Controlar su reproducción.
En el caso de que los animales se encuentren sueltos, abandonados o muertos en la vía pública, sin la correspondiente chapa de identificación, los vecinos podrán realizar la denuncia ante la Autoridad de Aplicación, y el animal será rescatado por el personal asignado.
Las denuncias serán recibidas en las comisarías, en el Departamento Contravencional, en la Defensoría o en el Juzgado Contravencional (Avenida Fascio 650). Se pueden aplicar responsabilidad penales o civiles. El Código Contravencional impone penas como multas, trabajos comunitarios y hasta días de arresto