El Juzgado Ambiental de Jujuy dictó una sentencia ejemplificadora contra la caza ilegal en la puna: Dos hombres fueron condenados a dos años de prisión de ejecución condicional por la caza furtiva de fauna silvestre protegida, agravada por el uso de armas, y por el almacenamiento de productos derivados de esa actividad ilícita. La resolución refuerza el criterio judicial de protección estricta sobre especies emblemáticas como la vicuña.Fallo judicial y acuerdo abreviado.
El acuerdo de juicio abreviado fue homologado el 7 de abril de 2026 por la jueza del Juzgado Ambiental, Laura Flores, en cumplimiento de los requisitos legales vigentes.
Durante la audiencia intervino como representante del Ministerio Público de la Acusación Luis Miguel Cavanna, mientras que la defensa estuvo a cargo de Diego Yanicelli.
También participaron Héctor Núñez y Malvina Quintana, en representación del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, autoridad de aplicación de la Ley de Fauna N° 22.421.
Reparación económica y medidas de concientización
Además de la pena en suspenso, la magistrada impuso condiciones estrictas: Los condenados deberán realizar una reparación económica mediante la donación de insumos médicos a puestos sanitarios de Santa Catalina y Cieneguillas.
Asimismo, deberán efectuar aportes destinados a campañas de comunicación para la protección de las vicuñas, que serán ejecutadas por el Ministerio de Ambiente provincial. El incumplimiento de estas medidas podría derivar en la revocación de la condicionalidad de la pena.
Un delito grave contra la biodiversidad
En su fallo, la jueza Flores subrayó la gravedad del hecho:“La conducta atribuida a los imputados reviste significativa gravedad, no sólo por la infracción normativa en sí misma, sino por el bien jurídico tutelado”
La magistrada enfatizó que la vicuña es una especie clave de los ecosistemas altoandinos, cuya preservación está respaldada tanto por legislación nacional como por tratados internacionales.
Los hechos: Caza ilegal en la puna jujeña
La investigación determinó que los hechos ocurrieron a principios de febrero de 2026 en la zona de Piscuno, en plena puna jujeña. Allí se constató la muerte de al menos nueve ejemplares de vicuña.
Según la causa, los acusados persiguieron a los animales y los abatieron utilizando un arma de fuego calibre .22, efectuando disparos desde un vehículo, lo que agrava la conducta delictiva.
Durante los allanamientos realizados en Cieneguillas, se secuestraron cueros compatibles con vicuña, armas de fuego, municiones, cuchillos y otros elementos vinculados a la caza furtiva. También se halló un arma larga oculta en un predio cercano.
Protección legal de la vicuña
La vicuña (Vicuña) es una especie autóctona protegida e incluida en la CITES, lo que restringe severamente su comercialización internacional.
A nivel regional, su conservación está garantizada por el Convenio firmado en 1979 entre Argentina, Bolivia, Chile, Perú y Ecuador (Ley N° 23.582), que prohíbe expresamente su caza ilegal.
En Jujuy, la Ley N° 5.634 establece un modelo de manejo sustentable basado exclusivamente en la esquila de animales vivos en estado silvestre, bajo estrictos controles, descartando cualquier forma de explotación clandestina.
Un precedente clave en materia ambiental
El fallo del Juzgado Ambiental sienta un precedente relevante en la lucha contra los delitos ambientales en el norte argentino, en un contexto donde la protección de la biodiversidad y el desarrollo sustentable se consolidan como ejes centrales de la política pública.
La sentencia no sólo sanciona una conducta ilegal, sino que también incorpora mecanismos de reparación y concientización, alineados con los principios modernos del derecho ambiental.













