Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la causa Vialidad, solicitó a la Corte Suprema de Justicia que se revoque la obligación de usar una tobillera electrónica y que se le permita recibir visitas sin restricciones en su domicilio, donde cumple una condena de 6 años de prisión.
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La defensa de la expresidenta, liderada por Carlos Beraldi, presentó un recurso de apelación ante el máximo tribunal para modificar las actuales condiciones de detención impuestas por el Tribunal Oral Federal 2. Alegan que la obligación de usar la tobillera y las limitaciones a las visitas afectan su derecho a la vida familiar y social, ya que debe reunirse frecuentemente con profesionales contables, apoderados y asesores, además de mantener vínculos de amistad y afecto fundamentales para su vida.
El Tribunal Federal de Casación confirmó estas condiciones el pasado 11 de julio, justificando que la custodia policial no reemplaza el control judicial y que renunciar al monitoreo electrónico o la autorización para visitas fuera de la nómina desvirtuaría la ejecución penal. Sin embargo, hubo voto disidente que consideró que estas restricciones no están previstas por la ley y vulneran derechos constitucionales como la intimidad y el ejercicio de derechos políticos de Kirchner.
Las condiciones de prisión domiciliaria en Argentina incluyen principalmente:
- Cumplir la condena en el domicilio del condenado, generalmente autorizado por el juez cuando existen razones como edad avanzada, enfermedad, discapacidad, o condiciones que hacen inadecuado el encierro en una prisión tradicional.
- Uso de dispositivos de vigilancia electrónica (como pulseras o similares) para controlar el cumplimiento de la pena, aunque en algunos casos se emplean otros dispositivos si no hay tobillera disponible.
- Restricciones en las visitas, que deben estar previamente autorizadas, limitándose usualmente a familiares, abogados, médicos y custodios designados.
- Prohibición de conductas que alteren la tranquilidad del vecindario o incumplimiento de las reglas, ya que pueden ocasionar la revocación del beneficio y traslado a un centro penitenciario convencional.
- Supervisión judicial y de autoridades penitenciarias para asegurar el cumplimiento de las medidas, evaluando periódicamente la situación del condenado.
- Además, la ley establece que el arresto domiciliario es un derecho cuando el interno pertenece a colectivos vulnerables como personas mayores de 70 años, enfermos, discapacitados, mujeres embarazadas o madres con hijos pequeños, buscando proteger sus derechos humanos y evitar tratos inadecuados en prisión.
Estas condiciones buscan un equilibrio entre la restricción necesaria por la condena y el respeto a derechos fundamentales en situaciones especiales.