JUJUY A DIARIO

Billeteras virtuales deberán informar a AFIP movimientos superiores a $30 mil

AFIP oficializó este viernes la medida mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este viernes la disposición que actualiza a $30.000 el monto a partir del cual las empresas administradoras de billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes, en el marco de medidas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Así lo estableció a través de la Resolución General 5193/2022, publicada en el Boletín Oficial, que fija en $ 30.000 el umbral mensual a partir del cual las plataformas de gestión digitales en general y los Proveedores de Servicios de Pagos (PSP) en particular deben informar los ingresos y egresos en las cuentas.

De esta forma, la normativa de la AFIP incorpora nuevos requerimientos de información para las empresas del sector -como Mercado PagoUaláNaranja XViumiBimoMoniPersonal Pay Todo Pago, entre otras-, aunque no implica cambios para los usuarios.

Además, las billeteras virtuales deberán informar cuando el saldo final mensual que el usuario tenga en su cuenta sea superior o igual a $90.000.

“La resolución de la AFIP incorpora nuevos requerimientos que optimizan la capacidad de control y calidad de la información sobre esos activos y amplía la capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”, aseguró en un comunicado la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont.

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