JUJUY A DIARIO

Avanza un proyecto para otorgar licencias a abogados litigantes

Miembros de la Comisión de Jóvenes Abogados del colegio profesional de la provincia, se entrevistaron con diputados provinciales a efectos de avanzar en un proyecto de ley por el cual se prevé incorporar licencias para abogados litigantes y que la Legislatura prevé tratar en próxima sesión.

El encuentro tuvo lugar en el palacio legislativo, con la participación de los diputados Gabriela Burgos, Ramiro Tizón, Gisel Bravo y Adriano Morone.

El proyecto, presentado por el Colegio de Abogados (CAJ), tiene por finalidad el reconocimiento del derecho de licencia para los profesionales en el marco de tiempos legales.

“Se trata del derecho que les asiste a los profesionales del derecho de gozar de licencia para aquellas situaciones que imponen la obligación de un receso en el ejercicio de la profesión. Cualquier tipo de actividad laboral tiene contemplada legalmente la posibilidad de gozar de licencias. Sin embargo, los abogados no han obtenido una norma procedimental o ley que les permita tener un tiempo de licencia para atender ciertas situaciones sin el acoso de los plazos procesales y las audiencias”, sostienen en los fundamentos.

El proyecto prevé el goce de licencias durante días hábiles, ya que los abogados no se encuentran exentos de afrontar situaciones que puedan afectar a su persona y a su actividad profesional.

Las personas encomiendan al abogado que debe hacerse cargo de un asunto en forma personal e indelegable. Esta condición imposibilita la transferencia de sus obligaciones a otro abogado, por lo que, en caso de aprobarse, los profesionales del derecho (abogados y procuradores matriculados en el CAJ) podrán solicitar licencia sin expresión de causa, por hasta quince días hábiles en forma continua o alternada, por cada año.

En el artículo 4 se establece que el procedimiento sea el siguiente. El Superior Tribunal de Justicia contará con un plazo de dos días para resolver la solicitud de licencia. Concedida la licencia, se comunicará a todos los tribunales y juzgados con asiento en la provincia y a Oficialía de Justicia, el nombre del abogado o procurador que haya solicitado licencia y los días por los que se le ha otorgado la misma. El secretario de cada Tribunal y Juzgado tomará razón de la mencionada resolución. Durante los días de licencia, el abogado o procurador no podrá firmar escritos ni realizar ninguna actuación judicial. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia podrá reglamentar la forma de solicitarse, comunicarse y
registrarse las licencias legisladas en este artículo, en orden a su más práctico y efectivo funcionamiento.

Proyecto completo:

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